ACOMPAÑAMIENTO ESPIRITUAL
La dimensión espiritual es constitutiva del ser humano. Forma parte de nosotros como un elemento esencial y, más aún, es la dimensión que permite la integración y la unidad de todas las demás dimensiones del ser.
Desde este punto de vista, el acompañamiento espiritual se apoya y abraza toda nuestra realidad humana. Se centra en lo esencial de nuestro ser. Por lo tanto, quiere ser el lugar de encuentro y profundización de nuestra relación:
v con Dios, en el descubrimiento de quién es, de su amor por nosotros y en el discernimiento de su voluntad;
v con nosotros mismos, en el descubrimiento de la grandeza y la belleza de nuestra identidad, nuestra vocación y nuestra misión;
v con la comunidad humana, en la acogida, el respeto, la comprensión de la diversidad individual, cultural, religiosa o étnica y el compromiso de construir un mundo fraterno;
v con la creación, en el descubrimiento, contemplación y sentido de responsabilidad hacia ella.
El acompañamiento espiritual establece así una relación muy significativa e importante entre dos personas. Por lo tanto, esta relación debe estar marcada por un compromiso sincero de uno y otro participante y por una gran libertad.
Los términos de la Alianza
El acompañante espiritual está llamado, con el acompañado, a precisar bien:
ü el objetivo del acompañamiento espiritual;
ü la duración y frecuencia de los encuentros.
ü la libertad de la persona para elegir un acompañante;
ü la libertad de la persona de retirarse en cualquier momento o de elegir otro
acompañante;
ü el proceso de evaluación del acompañamiento y de su finalización
ü Y la contribución económica
Confidencialidad e Intimidad
El acompañante espiritual mantiene la confidencialidad y la intimidad de su relación con la persona acompañada:
ü manteniendo en secreto la identidad de la persona cuando solicita la opinión de un tercero o en el marco de la supervisión;
ü manteniendo confidencial cualquier expediente que pudiera constituir sobre la persona acompañada, para impedir el acceso de terceros;
ü celebrar los encuentros de acompañamiento en un lugar discreto y apropiado;
ü utilizando con prudencia los medios informáticos de manera que la información de la persona no sea fácilmente accesible;
ü teniendo en cuenta los artículos del Código Civil y otras leyes aplicables que rigen los derechos de la persona.
Compartir información con terceros
El acompañante solo podría compartir información con un tercero en los casos siguientes:
ü si la ley lo exige (por ejemplo, abuso sexual de un niño) o en casos de peligro real, o posibles daños físicos graves o de muerte, como el suicidio;
ü en el caso de un procedimiento civil, penal o disciplinario derivado de la situación de acompañamiento;
ü la necesidad del acompañante de consultar a un par o tutor debido a la complejidad de la situación o en el contexto de la supervisión;
ü en un contexto de trabajo con otros actores especializados.
En los dos últimos casos, el acompañante deberá pedir a la persona acompañada su autorización por escrito y deberá brindarle una explicación de los motivos.
El Papa explica el acompañamiento espiritual
Con la catequesis de hoy concluimos el ciclo dedicado al tema del discernimiento, y lo hacemos completando el discurso sobre las
ayudas que pueden y deben sostener el proceso de discernimiento.
Uno de ellos es el acompañamiento espiritual, importante ante todo para el autoconocimiento, que hemos visto que es una condición indispensable para el discernimiento. Mirarse al espejo, solo, no siempre ayuda, porque uno puede distorsionar la imagen. En cambio, mirarse en el espejo con la ayuda de otro, esto ayuda mucho porque el otro te dice la verdad -cuando es verdad- y así te ayuda.
La gracia de Dios en nosotros siempre actúa sobre nuestra naturaleza. Pensando en una parábola evangélica, la gracia puede compararse a la buena semilla y la naturaleza a la tierra (cf. Mc 4,3-9).
En primer lugar, es importante darse a conocer, sin miedo a compartir los aspectos más frágiles, en los que nos descubrimos más sensibles, débiles o temerosos de ser juzgados.
Darse a conocer, manifestarse a una persona que nos acompaña en el camino de la vida. No quien decide por nosotros, no: sino quien nos acompaña. Porque la fragilidad es, en realidad, nuestra verdadera riqueza: somos ricos en fragilidad, todos nosotros; la verdadera riqueza, que debemos aprender a respetar y acoger, porque, ofrecida a Dios, nos hace capaces de ternura, de misericordia y de amor.
https://opusdei.org/es/article/discernimiento-acompanamiento-espiritual/